Coronavirus: ¿Qué negocios están obligados a cerrar?

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Debido a la alta tasa de incidencia que se viven en algunas localidades de la provincia de Cádiz, como es el caso de Jerez, la Junta de Andalucía se ha visto obligada a endurecer las medidas sanitarias contra el coronavirus.

En ciudades como Jerez se ha aumentado la tasa de transmisión por encima de los 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes, lo que supone entrar en el nivel 4 de grado 2 de alarma sanitaria.

Esto implica que no podrán abrir los grandes establecimientos comerciales. Las excepciones a la apertura de comercios son los establecimientos minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos y productos higiénicos.

También pueden abrir los servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías, así como estas mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos.

Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial profesional o no profesional. 

Además, se suspende temporalmente la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de las categorías de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.

Restauración

Se suspenden todas las actividades de restauración, con estas salvedades:

  • Los servicios de entrega a domicilio.

  • Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico.

  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

  • Otros servicios de restauración de centros de formación y de los centros de trabajo.

  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada.

También se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores y la celebración de manera presencial de congresos, conferencias, reuniones de negocios, reuniones profesionales, seminarios, reuniones de comunidades de propietarios y eventos similares.

Queda suspendida la celebración con carácter presencial de espectáculos públicos, actividades recreativas y culturales. También los establecimientos de juegos de azar.

Ocio

Se suspende la apertura al público de museos, cines, teatros, y en general de todos aquellos establecimientos o actividades en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo o diversión. Si se permitirán actividades y su grabación para su difusión por medios audiovisuales.

Asimismo, se suspende la apertura de peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares, excepto las que tengan fin benéfico.

Formación

También se pospone la realización de exámenes presenciales de procedimientos de selección de la Administración de la Junta de Andalucía.

En el grado 1 y 2 de este nivel se mantendrá la actividad presencial en todos los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y demás centros similares.

La orden también establece limitaciones de ocupación en el transporte público y necesidad de regular un mínimo de frecuencias.